Tengo dos noticias que darte, una buena y una regular. Empezaré por la regular: si eres residente en España, y tienes más de 50.000€ depositados en cuentas, en acciones, o, inmuebles en el extranjero, en este artículo aprenderás a rellenar el Modelo 720.
Pero no te asustes, ya que la buena noticia es que si sigues este tutorial, vas a saber cómo rellenar y entregar el Modelo 720 por ti solo y de la manera más sencilla. ¿Te interesa? Pues prepárate una buena taza de café, y vamos allá. Y sobretodo, no te dejes engañar por la longitud del artículo. He intentado dar la mayor cantidad de detalle posible, acompañándolo todo de imágenes y ejemplos para que sea lo más fácil posible.
El Modelo 720 es una declaración meramente informativa. Es decir, no conlleva asociado el pago de impuestos de ningún tipo. Simplemente se trata de informar a la Agencia Tributaria de aquellos bienes y derechos que posees en el extranjero si su cuantía supera los 50.000€ a fecha del 31 de diciembre del año anterior. Aunque si no lo presentas si que puedes recibir una sanción económica, que en muchos casos superará la cantidad de los depósitos a declarar.
Para que te sirva de referencia, los brokers extranjeros más comunes entre los inversores españoles son: DEGIRO, Interactive Brokers, XTB, Admiral Markets, y, eToro. Aunque hay muchos más. Si tienes dudas sobre si tu entidad deposita tu dinero y acciones fuera de España, lo mejor será que preguntes directamente a su soporte técnico.
Como ya hemos adelantado en el párrafo anterior, tendrán la obligación de presentar el Modelo 720 todos aquellos residentes en España que a fecha de 31 del pasado diciembre tuvieran en el extranjero bienes y derechos depositados en el extranjero que superen los 50.000€ en alguna de estas categorías:
Es decir, se deberán declarar las posesiones en le extranjero que caigan dentro de aquellas categorías que superen los 50.000€. De modo que si solo superas este límite en una de las categorías, solo tendrás que informar de las posesiones pertenecientes a esa categoría aislada. Y, en el caso de superar el límite en más de una categoría, tendrás que informar en el mismo trámite sobre esas categorías al mismo tiempo.
Supongamos que tienes los siguientes bienes en el extranjero:
Como ninguno de los tres conceptos supera los 50.000€ por sí solo, no tendrías la obligación de presentar el Modelo 720.
Supongamos que tienes los siguientes bienes en el extranjero:
Como tu cartera de inversión en el broker extranjero supera los 50.000€, deberás declarar su valor presentando el Modelo 720. Sin embargo, no tendrás que informar de tus ahorros depositados en Holanda ya que ni tu saldo medio ni tu saldo a final de año superan los 50.000€.
Supongamos que tienes los siguientes bienes en el extranjero:
Como tu cartera de inversión en el broker extranjero no supera los 50.000€, no deberás declarar su valor presentando el Modelo 720. Aunque sí que tendrás que presentar el Modelo 720 para informar de tus cuentas bancarias ya que en suma superan los 50.000€. Así como también tendrás que declarar el piso de Múnich como bien inmueble.
Supongamos que tienes los siguientes bienes en el extranjero:
Aunque el saldo medio de tu cuenta no ha superado los 50.000€, deberás presentar el Modelo 720 para declarar tu cuenta en Portugal ya que el saldo al final del año si que supera los 50.000€. Esta situación podría darse si por ejemplo abriste la cuenta a mitad del trimestre, ya que los días anteriores al traspaso del capital contabilizarán como saldo "0".
Cómo en esta web nos centramos en la temática de inversión en bolsa y comparativa de brokers, vamos a centrar el artículo en explicar cómo se declaran los elementos que caigan dentro de las dos primeras categorías. Para saber cómo declarar los bienes inmuebles será mejor que busques otra guía especializada. Y recuerda, si no sabes lo que estás haciendo o no quieres complicarte la vida, es recomendable que contrates los servicios de un buen asesor.
Este trámite ha estado recientemente de actualidad debido a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegal su régimen sancionador por considerarlo totalmente desproporcionado. Aunque sigue siendo obligatorio presentarlo, por mucho que algunos medios hayan publicitado titulares diciendo lo contrario.
Quedan fuera de esta declaración las opciones, los futuros, las criptomonedas y otros bienes no inmuebles como por ejemplo joyas, metales preciosos u obras de arte. Aunque parece ser que a partir del 31 de diciembre de 2022 habrá un modelo específico para la declaración de criptomonedas.
Como hemos visto, a la hora de declarar una cuenta de ahorro o depósito en el extranjero se nos pide presentar el saldo medio a lo largo del último trimestre. Este valor se debe calcular promediando el saldo diario (valor a final del día) para los 92 días del cuarto trimestre.
Así que necesitaremos que el banco nos genere un informe en el que se presente, o bien este cálculo, o la información necesaria para su cálculo.
Supongamos que tienes una cuenta que el 1 de octubre tiene un saldo de 46.000€. Y que cada tres semanas recibe un ingreso de 3.000€. Podremos construir una tabla agrupando los periodos de tiempo en los cuales se mantiene el saldo constante como la mostrada a continuación:
Fecha INICIO | Fecha FIN | DÍAS | SALDO [€] | EUROS x DÍAS |
---|---|---|---|---|
1/10/2022 | 21/10/2022 | 21 | 46.000 | 966.000 |
22/10/2022 | 11/11/2022 | 21 | 49.000 | 1.029.000 |
12/11/2022 | 2/12/2022 | 21 | 52.000 | 1.092.000 |
3/12/2022 | 23/12/2022 | 21 | 55.000 | 1.115.000 |
24/12/2022 | 31/12/2022 | 8 | 58.000 | 406.000 |
Ahora bastará con multiplicar los días por el saldo que teníamos durante esos días. Esto nos dará los euros por días de cada periodo, que es lo que se conoce como números comerciales. Para acabar sumamos todos estos números comerciales y los dividimos por los 92 días que comprende el tercer trimestre.
En el ejemplo, la suma de todos los números comerciales da 4.706.000€. Y, al dividir por 92 días obtenemos el saldo medio de 51.152,17€.
Da igual el número de titulares, pues se mantiene el límite de 50.000€ a cada una de las tres categorías. Así que, aunque la cuenta de ahorro esté a nombre de 2 o más personas. Tendréis que presentar, cada uno, el Modelo 720 si su saldo medio en el último trimestre supera los 50.000€. Es decir, los límites a partir de los cuales tienes que presentar el Modelo 720 no se incrementan al compartir la titularidad del bien en cuestión.
Para el caso de parejas en régimen de gananciales, ambos miembros tendrán que presentar un Modelo 720 para declarar las categorías en las que se supere el límite de 50.000€. Aunque las cuentas o bienes inmuebles se encuentren a nombre de solo uno de ellos.
El Modelo 720 debe presentarse entre el 1 de Enero y el 31 de marzo si se cumplen con los criterios descritos en el apartado anterior a fecha del 31 de diciembre del año anterior. Es decir, tienes los tres primeros meses del año para presentar el Modelo 720 de los bienes en le extranjero del año anterior.
Si nunca has presentado el Modelo 720, y este es el primer año que superas los límites indicados, estás obligado a presentarlo. Pero, si ya has presentado el Modelo 720 con anterioridad, solo tendrás que presentarlo bajo los siguientes supuestos:
Supongamos que el año pasado presentaste el Modelo 720 para declarar tu cartera de acciones por valor de 60.000€. En los años siguientes solo tendrás que volver a presentar el Modelo 720 si tus acciones ahora valen más de 80.000€, o, si has ejecutado ventas a lo largo del año.
Veamos algunos casos concretos para que quede más claro:
En 2022 el gobierno ha tenido que rebajar las sanciones por no presentar el Modelo 720, o por presentarlo de forma incorrecta, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. A partir de ahora se tendrá que pagar 200€ por no presentar el Modelo 720, o, 150€ por presentarlo con errores o fuera de plazo. Y además, como novedad, prescribirá a los 4 años de haberlo presentado.
Para que puedas seguir el tutorial, y entregar el Modelo 720 al mismo tiempo que lees, necesitas tener a mano lo siguiente:
Una vez visto todo lo anterior, si ya tienes preparada la documentación y estás listo para usar al menos uno de los tres métodos para firmar digitalmente la declaración, vamos a ver cómo se rellena el Modelo 720 de forma manual (la recomendada). Así que, ponte cómodo, prepárate un buen café y adelante.
Todos los trámites relacionados con el Modelo 720 se gestionan completamente online a través de la página web que la Agencia Tributaria tiene dedicada a este formulario. Dirígete a dicha página. Y si es la primera vez que presentas este modelo, haz click en la primera opción: Modelo 720. Ejercicio 2021. Presentación (hasta 40.000 registros). A continuación se te pide que introduzcas la información para autenticarte. Usa el método que tengas más a mano.
La opción que se marca en la imagen anterior está pensada principalmente para que el inversor individual pueda introducir de forma manual (con un límite de hasta 40.000 registros). Aunque también permite importar los registros de un fichero. Y tiene la opción de detectar posibles errores de forma.
La opción Modelo 720. Ejercicio 2021. Presentación mediante fichero permite presentar la declaración informativa con un fichero. Su principal diferencia con la opción anterior es que permite introducir más de 40.000 registros. Pero como no es nuestro caso, y casi con toda seguridad no es el tuyo tampoco, en este artículo nos centraremos en rellenar el Modelo 720 de forma manual a través de la primera opción.
En esta misma página también tienes enlaces a páginas donde puedes consultar y modificar las declaraciones informativas presentadas para el ejercicio 2019 o posteriores, o, aportar documentación complementaria. Además de algunos links a páginas informativas sobre el Modelo 720 y la normativa asociada a él. Por lo que si te surgen dudas, puedes recurrir a estos enlaces para documentarte.
Una vez te has identificado con la Cl@ve PIN, o mediante certificado o DNI electrónico, accedes a la página desde donde se empieza a rellenar el formulario. Y lo primero que te aparece es un pop-up donde se te pide que introduzcas el NIF del declarante. Al hacerlo se te abrirá un formulario en blanco si es la primera vez que entras, o bien, te dejará cargar lo guardado en sesiones anteriores.
Si es la primera vez que accedes este año, tienes que rellenar los datos del declarante y de la persona de contacto. Para ello introduce los datos en los campos marcados como 1, 2, y, 3 en la siguiente captura de pantalla:
Además, si prestas atención a la parte inferior de la pantalla, encontrarás una botonera. En ella se encuentra el botón de "Guardar", el cual te recomienda que uses de vez en cuando para evitar que tengas que repetir trabajo en caso de que algo vaya mal. Además, tienes las opciones de "Importar" y "Exportar", que te permiten generar un fichero con los registros que hayas introducido o importar los registros guardados en un fichero generado con anterioridad. Esta opción es muy útil para parejas en gananciales o cuentas compartidas.
Y por último, hay un botón para "Validar" los registros introducidos y otro para "Firmar y Enviar" el formulario. Pero antes de poder usar nada de esto, tenemos que introducir nuestras posiciones/posesiones en le extranjero. Pulsa la flecha para pasar a la segunda página, y seguimos en el siguiente apartado.
La primera vez que accedas a esta página, la encontrarás vacía como en la imagen de abajo. Y a medida que introduzcas registros, se irá llenando. Para registrar tu primer bien o derecho pulsa en el botón con el signo "+" (marcado con un "1"):
Cuando haces click en el botón "+" de la página anterior, se te redirige a la página donde se introducen los datos relativos al registro que vas a introducir. No te asustes si ves que hay un montón de campos a rellenar. Hay muchos que los puedes dejar vacíos si lo que vas a introducir son acciones. Los campos que si debes rellenar son los que te marco con un asterisco.
Los campos que debes rellenar a la hora de registrar acciones son los siguiente:
A continuación te muestro como quedaría el formulario de registro para 210 acciones de INDITEX comparadas a través de DEGIRO:
Y, una vez tienes el primer registro introducido, te recomienda dos cosas. Lo primero es que guardes desde la botonera inferior (cómo ya te había mostrado antes). Y lo segundo es que, en vez de crear un nuevo registro cada vez, dupliques el registro. Esto lo puedes hacer pulsando en el icono que te marco con un dos en la imagen superior. De esta forma evitas rellenar una y otra vez los mismos valores. Verás cómo te ahorras mucho tiempo con esto.
Si lo que tienes que declarar es una cuenta bancaria en el extranjero, los campos a rellenar son los que te marco en la imagen de abajo con un asterisco. Y a continuación te digo que deberías indicar en cada uno de ellos.
Si parte de tu dinero en el extranjero se encuentra en forma de liquidez en la cuenta del broker la forma de declararlo cambia un poco. Seguramente no tendrás un código IBAN de la cuenta donde se encuentra tu dinero. Ni tampoco tu broker tendrá un código BIC. Por lo que deberás rellenar los campos marcados con un asterisco en la siguiente imagen y seguir las instrucciones que te indico debajo.
Una vez que hayas introducido todos los registros, deberías guardar el formulario. Y una vez guardado te recomiendo que le des al botón "Validar" que se encuentra al lado del botón de guardar. Al hacerlo, la propia aplicación revisará los datos introducidos buscando errores. No va a detectar errores en datos erróneos, pero sí que verifica que estén todos los campos necesarios, y que su contenido sea del tipo esperado.
Una vez le das a "Validar", debajo de la lista de registro podrás ver un listado de los errores y avisos detectados por la aplicación como el mostrado en la imagen de abajo. Ten en cuenta que los avisos son solo recomendaciones, pero no son obligatorios de arreglar. En nuestro caso, por ejemplo, nos recomienda introducir el NIF de las empresas en su país de residencia fiscal. Pero no lo vamos a hacer, ya que es un campo que no es obligatorio, y puede ser una fuente de errores (además de un extra de trabajo).
El objetivo sería acabar viendo una línea donde se nos indique que no hay errores como en la imagen anterior. Y no hacer demasiado caso del resto de avisos. Si tienes más de 10 registros, ten en cuenta que el listado de errores se página de 10 en 10. En mi caso particular, por ejemplo, la línea donde dice que "No existen errores" se encontraba en la página dos.
Para arreglar los errores que te puedan salir tendrás que ir al registro donde se ha encontrado el error haciendo click en "Ir al Error". Una vez hayas resuelto todos los errores, ya estás listo para pasar al siguiente paso. Pero primero, deberías guardar el formulario otra vez.
Este paso no es obligatorio. Pero si que te recomiendo hacerlo. Ya que se te guardarán todos los registros introducidos en un fichero y podrás importarlos para el Modelo 720 del año que viene (o cuando te toque presentarlo la próxima vez) o en el Modelo 720 de otras personas (en caso de que la cartera sea compartida o estés en gananciales). De esta forma te ahorrarás un buen rato. Sobre todo si tu cartera no cambia mucho de un año a otro.
Para hacerlo, basta con que le des al botón de "Exportar" de la botonera inferior. Y esto te generará un fichero que se descargará a tu disco duro. Por defecto el nombre del archivo es tu DNI, y la extensión "720". Yo te recomiendo que renombres el fichero para saber a qué año corresponde.
Si has llegado hasta aquí, ya lo tienes. La recomendación es que te generes un borrador de la declaración apretando el botón "Borrador". Esto te generará un PDF con toda la información introducida para que la puedas revisar por última vez antes de enviar el formulario de forma oficial.
Y cuando hayas confirmado que no hay errores en tu declaración, solo te queda hacer click en el botón de "Firmar y Enviar". Cuando lo hagas, lo más seguro es que te salte un aviso diciendo que estás a punto de enviar una declaración que aún contiene avisos por resolver. Pero si has seguido todos los pasos anteriores, los avisos restantes son solo recomendaciones. Y no estamos obligados a nada. Por lo que daremos click a "Continuar".
Seguidamente nos saldrá un segundo mensaje donde debemos indicar que estamos conforme con la declaración marcando la casilla correspondiente, y después pulsaremos el botón "Firmar y Enviar" para hacer eso mismo: enviar la declaración firmada.
Cuando el envío se haya realizado, se te redirige a una nueva página donde se te muestra el documento oficial de la declaración en formato PDF. Te recomiendo que lo descargues y lo guardes como justificantes (nunca se sabe que puede pasar).
¡¡Y YA ESTARÍA TODO!!
Si este no es el primer año que presentas el Modelo 720, este apartado te interesa. En este apartado aprenderás cómo importar el fichero de tu Modelo 720 anterior. De forma que, si tu cartera no ha cambiado mucho, te puedas ahorrar un rato de estar metiendo los mismos registros del ejercicio anterior. Y, lo más importante, aprenderemos que hay de diferente a la hora de modificar o ampliar posiciones en tu cartera.
Si has presentado el Modelo 720 en ejercicios anteriores y exportaste la información a un fichero, este año puedes cargar la información del último Modelo 720 que hayas presentado y realizar las modificaciones oportunas. De esta forma te ahorrarás tener que meter a mano cada uno de los registros otra vez. Si quieres saber cómo exportar la información, puedes encontrarlo en el paso 8 del apartado anterior.
Para importar los datos guardados en un fichero, puedes pulsar el botón "Importar" del pop-up de bienvenida que se te muestra inmediatamente después de iniciar sesión:
Aunque también puedes recurrir al botón "Importar" de la botonera inferior de la pantalla desde donde se rellena el Modelo 720 (en caso de que ya estés dentro):
En cualquiera de los dos casos, se te abrirá el típico diálogo para elijas el fichero que quieres importar. Cuando lo elijas, pulsa "Aceptar". Si ya tenías algún registro introducido, se te preguntará si quieres añadir los registros importados a los ya existentes, o si por el contrario, quieres borrar los registros que tengas y partir de cero con los registros del fichero. Lo más habitual será que lo que busques es la opción "A - Borrar la declaración e importar". Sino, también tienes la opción B para que se agreguen los nuevos registros a los que ya tengas.
A la hora de rellenar el Modelo 720 por segunda vez (o sucesivas veces) te puedes encontrar con situaciones que no hemos comentado antes. Vamos a hacer un repaso por los posibles escenarios que se te pueden presentar:
Estás en este caso si no han aumentado ni disminuido el número de acciones de una empresa o fondo de inversión con respecto al último ejercicio declarado. Y, a la hora de declararlo, tendrás que actualizar el valor de la posición (ya que el precio de las acciones sí que habrá cambiado). Y tendrás que indicar "M" en el campo "Origen del bien o derecho" ya que es una posición que ha sido declarada con anterioridad.
Si este ejercicio posees más acciones que en el ejercicio anterior, tienes dos opciones. La primera es declarar toda la posición en un solo registro, actualizando el número de acciones, el valor de la posición y marcando una "M" en el campo "Origen del bien o derecho". O, la segunda, que es dividir la posición en dos registro. Por un lado declararás el paquete de acciones que ya declaraste en el ejercicio anterior como se ha hecho en el apartado anterior. Y, por otro lado, registrarás las nuevas acciones marcando una "A" en el campo "Origen del bien o derecho".
Supongamos que en el último Modelo 720 que presentaste tenías 300 acciones de Inditex. Pero a lo largo del último año has ampliado posición hasta llegar a las 500 acciones. Y, además, el precio por acción a fecha del 31 de diciembre se situó en 25€. Como hemos comentado, tienes dos opciones para registrar este incremento de posición:
Hacienda no es clara sobre qué método es el adecuado. Yo personalmente uso el primer método, ya que queda todo más claro y fácil de entender al mantener un registro por compañía que poseamos. Y los funcionarios de Hacienda pueden calcular el incremento en el número de acciones desde la última declaración comparando ambas declaraciones.
Si alguna de las compañías que llevas en cartera ha decidido realizar un split. El número de acciones que posees habrá aumentado de un ejercicio a otro sin que haya habido por el medio una compra. Para declarar este tipo de cambios, actualizaremos el registro cambiando el número de acciones, el valor de la posición, y, marcaremos una "M" para el "Origen del bien o derecho", ya que esta posición ya ha sido antes.
Imagina que el año pasado declaraste 10 acciones de NVIDIA en el Modelo 720. No has hecho ni compras ni ventas de acciones de NVIDIA. Pero debido al split 4x1 que NVIDIA ha aplicado a sus acciones, ahora posees 40 acciones (en vez de las 10 que compraste). Para declarar esto, harías lo siguiente:
Si nos hemos desecho de todas las acciones o participaciones que habíamos declarado en el Modelo 720 anterior, habrá que registrarlo poniendo una "C" en el campo "Origen del bien o derecho", indicando el número de acciones que se tenían (y se han vendido), y, la fecha en la que se ejecutó la venta en el campo "Fecha de Extinción" (o el día en que se vendió la última acción en caso de no haber cerrado la posición de una sola operación).
Si durante el último ejercicio has vendido parte de las acciones que declaraste en el ejercicio anterior, significa que aún tienes en tu cartera algunas acciones. En dicho caso, deberás tener dos registros. En el primer registro declararás las acciones que mantienes en cartera, indicando una "M" como "Origen del bien o derecho", el nuevo número de acciones que te quedan, y, su valor. En el segundo registro deberás indicar el paquete de acciones vendidas poniendo una "C" en el "Origen del bien o derecho", el número de valores vendidos, y, la fecha de la venta en el campo "Fecha de Extinción".
Si el año pasado declaraste una posición de 120 acciones en INDITEX, pero el 7 de Septiembre vendiste 50 acciones, deberás introducir dos registros. Uno para las 70 acciones que mantienes. Y otro para las 50 que has vendido:
Si en el ejercicio anterior declaraste una cuenta bancaria deberías volver a declarar tu saldo si éste ha experimentado un incremento de 20.000€ o más, o, si has cancelado alguna de las cuentas. Si estás en obligación de declarar tus cuenta bancarias fuera de España por segunda vez, puedes encontrarte en uno (o varios) de estos tres casos:
Aunque, si este año ya no cumplas los requisitos para tener la obligación de declarar tu saldo en el extranjero, simplemente no incluirás ningún registro referente a cuentas bancarias.
Si el año pasado declaraste dos cuentas bancarias. Una en el Banco A donde tenías 30.000€, y otra en el Banco B donde tenías 60.000€. Lo cual suma un saldo total de 90.000€.
Este año, si mantienes ambas cuentas y tu saldo no supera los 110.000€, no tendrás que realizar ninguna declaración al respecto.
Imagina que el año pasado declaraste dos cuentas bancarias. Una en el Banco A donde tenías 30.000€, y otra en el Banco B donde tenías 60.000€.
Si durante este año cancelaste la cuenta con el Banco A y transferiste su saldo a una cuenta nueva en un Banco C, deberás declarar el movimiento de la siguiente forma:
Después de este extenso artículo, espero que tengas más claro cómo se presenta el Modelo 720 para cada uno de los escenarios en los que puedes encontrarte. Y si aun así se te quedan dudas, puedes escribirme un correo al que trataré de responderte como buenamente sepa. Aunque si no sabes muy bien qué estás haciendo, te recomendaría que contactes con un asesor financiero.
Muchas gracias por la paciencia. Y antes de irte, recuerda ponerte un recordatorio en tu calendario personal para que al año que viene no se te olvide entregar el Modelo 720 (o al menos revisar si necesitas presentarlo). Un saludo!
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